Derecho de repetición de una aseguradora frente a otra que cubre el mismo riesgo, aunque los tomadores sean diferentes. ARTÍCULO 1.145 CÓDIGO CIVIL
El pasado día 3 de mayo la Sala Civil del Tribunal Supremo (Sección 1ª) dictó la Sentencia núm. 647/2023 pronunciándose sobre el derecho de repetición que tiene una compañía aseguradora frente a otra que cubre el mismo riesgo a pesar de que los tomadores de sendas pólizas sean diferentes.