La importancia de la aportación de las revisiones técnicas y carteles que contienen las normas de usos de las atracciones en los siniestros acaecidos en atracciones acuáticas
Con motivo de la demanda interpuesta como consecuencia de las lesiones sufridas por un usuario en una atracción acuática, el pasado día 13 de junio fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Sevilla sentencia que desestimaba la demanda al considerar que el mero hecho de que el demandante recibiese un golpe no implica actuación negligente por parte de la demandada, debiendo considerar que se trataba de un riesgo asumido y que hubiera podido ser evitado observando la posición permitida que debía adoptarse una vez sentado en el flotador.