- ¿Qué mecanismos judiciales y administrativos pueden ponerse en marcha cuando se produce un accidente de trabajo?
- ¿Qué conductas se persiguen en la jurisdicción penal?
- ¿Quiénes pueden ser los responsables?
- ¿Puede ser responsable penal del accidente el propio accidentado?
- ¿Qué documentos son esenciales para determinar si un accidente de trabajo tiene o no naturaleza delictiva?
- Soy trabajador. ¿Cómo puede defender eficazmente mis derechos en el procedimiento penal?
- Soy empresario. ¿Cómo me defiendo en el procedimiento penal?
- ¿Cómo se establece la indemnización a favor del trabajador?
- ¿El procedimiento penal impide la tramitación de otros procedimientos administrativos o judiciales?
- ¿Qué plazo tengo para denunciar?
¿Qué mecanismos judiciales y administrativos pueden ponerse en marcha cuando se produce un accidente de trabajo?
Podemos encontrarnos en las siguientes situaciones:
- Puede actuar la inspección de trabajo y la autoridad laboral e imponer sanciones por incumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales a la empresa y otros obligados, como los servicios de prevención ajenos.
- Puede actuar la jurisdicción social en procedimientos de responsabilidad laboral derivados del accidente por responsabilidad del empresario (indemnización de daños y perjuicios, recargo de prestaciones de la Seguridad Social).
- O bien puede actuar la jurisdicción penal para determinar si ha habido incumplimiento de la obligación de facilitar medidas en materia de prevención de riesgos laborales, las personas responsables, los perjudicados y las indemnizaciones que pudieran corresponderles.
¿Qué conductas se persiguen en la jurisdicción penal?
En atención al principio de intervención mínima, sólo aquéllas más graves por la importancia del incumplimiento o la puesta en peligro del bien jurídico protegido.
Cuando la causa del accidente está en una conducta delictiva, ¿qué delitos pueden haberse cometido?
Normalmente, delitos contra la seguridad de los trabajadores de los artículos 316 y ss. del Código Penal y delitos de lesiones imprudentes de los arts. 147 y ss. también del Código Penal.
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¿Quiénes pueden ser los responsables?
Normalmente el empresario, respondiendo por éste sus administradores, responsables de la política preventiva de la empresa (incluso trabajadores encargados de esta función) y otros obligados a facilitar medios que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores como los servicios de prevención ajenos.
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¿Puede ser responsable penal del accidente el propio accidentado?
No, aunque su propia negligencia puede servir para degradar la imprudencia del empresario y otros obligados (la culpa grave pasa a culpa menos grave) o incluso hacer desaparecer la responsabilidad penal de aquéllos (por culpa exclusiva de la víctima o por degradación de la culpa menos grave a leve, que es atípica).
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¿Qué documentos son esenciales para determinar si un accidente de trabajo tiene o no naturaleza delictiva?
Aquéllos aptos para determinar la relación de causa efecto existente entre un incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y la puesta en peligro y/o el daño para la seguridad y salud de los trabajadores.
Estos documentos son tres: El informe de la Inspección de Trabajo, la investigación del accidente realizada por los servicios de prevención y el informe de los servicios de seguridad laboral de la comunidad autónoma.
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Soy trabajador. ¿Cómo puedo defender eficazmente mis derechos en el procedimiento penal?
Debe mostrarse parte en la causa mediante abogado y procurador. Hecho esto, solicitar diligencias de prueba encaminadas a probar el incumplimiento y el daño.
El incumplimiento, solicitando la remisión o la realización de los informes anteriormente de la Inspección de Trabajo, de los servicios de prevención o de los servicios de seguridad laboral de la comunidad autónoma anteriormente citados.
El daño, recabando toda la documentación médica acreditativa de las lesiones y secuelas y aportándola para que sea analizada por el médico forense, que emite un informe de sanidad estableciendo lesiones, periodo de curación y entidad de las secuelas. Ese informe determina la indemnización. Si el trabajador no está conforme con dicho informe, puede aportar un informe pericial alternativo y será el juez quien determine cuál de ellos es más ajustado a la realidad del lesionado.
En caso de fallecimiento, son los herederos quienes deben mostrarse parte en la causa penal y acreditar las responsabilidades familiares del fallecido, pues la indemnización se establece, esencialmente, en atención a ellas.
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Soy empresario. ¿Cómo me defiendo en el procedimiento penal?
Acreditando que se han cumplido las obligaciones preventivas:
- Las formales: que toda la documentación -evaluación de riesgos, plan de prevención, entrega de información, entrega de EPIS- está en regla.
- Los materiales: que la documentación era correcta y su contenido fue respetado.
Acreditando también, si es el caso, que el trabajador se puso en peligro al menos en parte con su propia negligencia.
Desvirtuando la relación de causa efecto entre los presuntos incumplimientos y el resultado lesivo.
O aportando prueba pericial contradictoria con el informe de la Inspección de Trabajo, la investigación del accidente realizada por los servicios de prevención y el informe de los servicios de seguridad laboral de la comunidad autónoma.
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¿Cómo se establece la indemnización a favor del trabajador?
Para garantizar el principio de seguridad jurídica, se aplica por analogía el baremo de indemnizaciones que para los accidentes de tráfico estableció ya de antiguo la Ley de Ordenación de Seguros Privados, y que en sus cuantías básicas se actualiza cada año. Es un baremo muy detallado que recoge todo tipo de lesiones y secuelas, valorándolas, y que en caso de fallecimiento contempla también las indemnizaciones correspondientes a los familiares del fallecido en atención a su grado de parentesco, convivencia y dependencia.
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¿El procedimiento penal impide la tramitación de otros procedimientos administrativos o judiciales?
No, pero en atención al principio de prejudicialidad penal los paraliza en tanto el procedimiento penal se resuelve.
Si la causa penal termina con condena y fijación de indemnizaciones, no pueden volverse a fijar en otros ámbitos jurisdiccionales, salvo excepciones, como es el caso del recargo de prestaciones de la seguridad social, que la jurisdicción penal no analiza.
Si el procedimiento penal se archiva sin llegar a juicio o recae en éste una sentencia absolutoria, queda viva la acción estrictamente laboral ante la jurisdicción penal, que puede fijar una indemnización en favor del trabajador si determina incumplimientos empresariales que pueden no ser penalmente relevantes, pero sí serlos en el ámbito laboral.
Previa, coetánea o posteriormente al proceso penal puede percibirse a cargo del seguro colectivo establecido en el convenio, si el empresario lo ha contratado, la indemnización fijada a cargo de dicho seguro.
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¿Qué plazo tengo para denunciar?
El plazo de prescripción del delito contra la seguridad de los trabajadores y de lesiones imprudentes. Con carácter general, 5 años.
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En RZS Abogados, como especialistas en Derecho Penal, estaremos encantados de asesorarte en todo momento. Si estás interesado/a, no dudes en ponerte en contacto con nosotros llamándonos al 915 433 123 o en el correo electrónico contacto@rzs.es, así como a través de nuestro formulario de contacto donde puedes explicarnos tu caso y te contactaremos a la mayor brevedad.
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