Responsabilidad civil por productos defectuosos
¿Cuáles son las notas definitorias de la responsabilidad por producto?
Responsabilidad derivada de un producto defectuoso, es decir, aquél que no ofrezca la seguridad que cabría legítimamente esperar, teniendo en cuenta todas las circunstancias y, especialmente, su presentación, el uso razonablemente previsible del mismo y el momento de su puesta en circulación.
En todo caso, un producto es defectuoso si no ofrece la seguridad normalmente ofrecida por los demás ejemplares de la misma serie.
La responsabilidad civil global del productor por muerte y lesiones personales causadas por productos idénticos que presenten el mismo defecto tendrá como límite la cuantía de 63.106.270,96 euros.
La acción de reparación de los daños y perjuicios prescribirá a los tres años, a contar desde la fecha en que el perjudicado sufrió el perjuicio, ya sea por defecto del producto o por el daño que dicho defecto le ocasionó, siempre que se conozca al responsable de dicho perjuicio.
La acción del que hubiese satisfecho la indemnización contra todos los demás responsables del daño prescribirá al año, a contar desde el día del pago de la indemnización.
La interrupción de la prescripción se rige por lo establecido en el Código Civil.
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¿Opera la culpa del propio perjudicado como moduladora de esta responsabilidad?
La responsabilidad por producto defectuoso podrá reducirse o suprimirse en función de las circunstancias del caso, si el daño causado fuera debido conjuntamente a un defecto del producto y a culpa del perjudicado o de una persona de la que éste deba responder civilmente.
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¿Qué ofrecemos desde RZS Abogados en materia de responsabilidad civil por producto defectuoso?
Nuestro despacho actúa en la resolución de conflictos derivados de un producto defectuoso de cualquier naturaleza. Ponemos a disposición de nuestros clientes nuestra experiencia en el área mercantil, laboral e industrial para ofrecer la mejor respuesta en la depuración de este tipo de responsabilidad.
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