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Un empresario fuerza a Hacienda devolver 3.000 millones por el ‘céntimo sanitario’

La firma de transportes J. Besora recurrió a la justicia europea el denominado ‘céntimo sanitario‘. Este tributo, Impuesto sobre la Venta Minorista de Determinados Hidrocarburos, ha sido declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la UE en 2014, y hasta el momento, el Tribunal Supremo entendía que Hacienda debía devolver los recibos presentados desde que existe el tributo, en 2002, y no solo los de los ejercicios no prescritos.

[…]

Cuando en 2014, la UE declara ilegal el impuesto -tras varias sentencias en contra de figuras similares en otros países como Austria y procedimientos de Bruselas contra la misma España-, Hacienda entiende que solo tiene que devolver los ejercicios no prescritos; cuatro años antes de presentar recurso. Como la mayor parte lo hizo a partir de la decisión de la UE, la fecha fue desde 2010 a 2013, pero en el caso de Besora, al datar su denuncia de 2009, fue desde 2005. Ahora el Supremo ha tumbado el criterio de Hacienda y entiende que debe devolver desde 2002. «La mayor parte de transportistas aceptaron la solución de Hacienda y desistieron de continuar recurriendo ejercicios anteriores. Solo continuaron los grandes que se podían permitir las costas judiciales», explica Clara Sánchez de RZS Abogados.

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