
La incapacidad permanente total se reconoce cuando el trabajador no puede desempeñar su profesión habitual, pero sí puede dedicarse a otra distinta. Es uno de los grados más habituales y relevantes en la práctica.
Este tipo de incapacidad da derecho a una pensión vitalicia, que generalmente corresponde a un porcentaje de la base reguladora, aunque puede incrementarse en determinados supuestos, como en el caso de trabajadores de mayor edad.
Para su reconocimiento es fundamental analizar no solo la patología, sino las funciones concretas del puesto de trabajo. La clave está en demostrar que las limitaciones impiden realizar las tareas habituales de la profesión.
En muchos casos, el INSS deniega este grado o lo sustituye por una incapacidad inferior. Cuando esto ocurre, es posible recurrir la resolución y defender el reconocimiento del grado correcto.
Si te han denegado la incapacidad o no estás conforme con la resolución, puedes consultar incapacidad denegada o recurso de incapacidad permanente.
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