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Tipos de Swaps II: contratos CAP o de techo de tipos de interés y los FLOOR o de suelo de tipos de interés.

Continuando con nuestro último post en el que hablamos sobre los diferentes tipos de Swaps, hoy vamos a centrarnos en los contratos CAP o de techo de tipos de interés y los FLOOR o de suelo de tipos de interés.

En estos casos, el contrato de cobertura al que se referencia el préstamo hipotecario a tipo variable establece un techo (CAP) o un suelo (FLOOR), en función de si lo que si nos encontramos ante un escenario alcista o bajista de tipos de interés.

Con lo que, si nos encontramos ante escenarios alcistas de tipos de interés que estén por encima de la barrera fijada (CAP) obtendremos beneficios, pero ante escenario de bajada de tipos de interés, obtendremos pérdidas dado que este tipo de barreras impiden el funcionamiento normal del préstamo hipotecario contratado.

Situación similar, pero en caso contrario, ocurrirá cuando lo que se haya contratado sea un FLOOR.

Realmente, al contratar este tipo de productos se consigue que una hipoteca a tipos de interés variable funcione como si fuera de tipo fijo.
Los contratos CAP o FLOOR son totalmente independientes del préstamo hipotecario o de la operación de financiación que tengamos suscrita con la entidad financiera.

El contrato de cobertura consiste en el establecimiento de un límite máximo o mínimo de tipo de interés a cambio de una prima. Si los tipos de interés rebasaran al alza o a la baja ese límite o barrera, la entidad financiera nos abonaría el diferencial establecido en el contrato. La prima que se paga se fija mediante la diferencia entre el tipo de interés en el momento de la firma y el rango de cobertura que vamos a tener hasta el techo o el suelo.

Por tanto, este tipo de productos amortigua sustancialmente las subidas o bajadas del EURIBOR (en función de si lo que se contrata es un CAP o un FLOOR), con la salvedad de que la firma del contrato ya encarece la operación financiera a la financiación.

En RZS Abogados somos expertos en reclamaciones bancarias de Swaps. Por ello, si en su día el banco le ofreció un contrato de Swap con su financiación, no dude en ponerse en contacto con nosotros llamando al teléfono 915 433 123 o escribiéndonos a través del formulario web. Analizaremos su caso y le informaremos, sin compromiso, de la posibilidad de reclamación.

*Imágenes diseñadas por Freepik

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