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Novedades tributarias para los trabajadores autónomos

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada en el BOE del 25 de octubre, introduce medidas que repercuten destacadamente en el ámbito de la Seguridad Social, dirigiéndose específicamente al trabajo «en abierto». En el presente artículo, nos vamos a centrar en El título V de la medida, el cual introduce varias modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con la finalidad de clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad, de forma que puedan contar con un elevado grado de seguridad jurídica. Destacamos eminentemente:

1- Contribuyentes que afecten parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica.

  • Gastos derivados de la titularidad de la vivienda, tales como amortizaciones, IBI, comunidad de propietarios, etc., sí resultan deducibles en proporción a la parte de la vivienda afectada al desarrollo de la actividad y a su porcentaje de titularidad en el inmueble.
  • Suministros (agua, gas, electricidad, telefonía e Internet): serán deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30P% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

2- Gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica
Se aclara la deducibilidad de los mismos siempre que se cumplan determinadas condiciones, en particular que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago.
El importe deducible por este concepto tendrá como límite diario las mismas cuantías que para gastos de manutención se establecen para trabajadores por cuenta ajena en el Reglamento del IRPF (26,67 euros diarios si el gasto se produce en España o 48,08 euros si es en el extranjero, cantidades que, a su vez, se duplican si además como consecuencia del desplazamiento se pernocta).

En RZS Abogados disponemos de un equipo de profesionales con experiencia y especializados, quienes ante cualquier consulta le podrán asesorar.

*Imágenes diseñadas por Freepik

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