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La reforma del Régimen Especial del Trabajador Autónomo: más ruido que nueces

La reforma del Régimen Especial del Trabajador Autónomo ha llegado, ¿pero ha aterrizado dando cobertura a las principales e históricas reclamaciones del colectivo?

Una de las más importantes reivindicaciones de los autónomos ha sido siempre la de soportar una carga impositiva progresiva según sus ingresos, es decir, la de cotizar o tributar en función de los ingresos efectivamente percibidos, como sucede para el resto de los trabajadores, y no en función de una base de cotización elegida libremente entre una mínima y una máxima que determina el abono de una cuota fija mensual, que al menos alcanza los 275€, salvo que se disfrute de alguna bonificación o de la tarifa plana de los 50,00€, cuota cuyo abono es obligatorio, se obtengan o no ingresos por parte del autónomo.

Con el ojo puesto en la situación imperante en Europa donde la cuota de autónomos a la seguridad social es baja o inexistente, o progresiva, un buen número de ellos abogaban por el fin de la libertad de elección de la base de cotización, proponiendo en lugar de ello un sistema en el que los autónomos en situación más precaria pagaran poco o nada, mientras que los que tuvieran más ingresos cotizaran mediante una cuota progresiva en función de sus ingresos reales.

Sin embargo, este debate de los últimos años no ha tenido acogida en la Ley 6/2017 de 24 de octubre, llamada de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, la cual ha visto la luz casi año y medio después de celebradas las últimas elecciones generales de 26 de junio de 2016, tras numerosas enmiendas y cambios, por lo que de Urgentes poco tienen, cuando además muchos de los beneficios que contempla no se aplicarán hasta que se inicie el año 2018, por estar supeditadas a la asignación de una partida económica en los presupuestos generales del Estado para 2018.

La nueva Ley no ha incorporado finalmente ni la supresión de la cuota para autónomos con ingresos inferiores al SMI ni la implantación de una cuota progresiva cuando se superen dichos ingresos.

Por un lado, la esperada supresión o rebaja de la cuota se ha intentado paliar mediante la ampliación de la tarifa plana de 50,00€ para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años o a los que reemprenden pasados tres años a doce meses, reduciéndose después la cuota al 50% (137,97€) entre los meses decimotercero y decimoctavo, y al 30% (192,79€) entre el decimonoveno y el vigesimocuarto.

Por otro, con la vista puesta en que la cuota se adecúe mejor a los ingresos reales de los autónomos, haciendo más justo el actual sistema de cotización, la nueva Ley permitirá registrar hasta tres altas y tres bajas dentro del año natural, pagándose sólo por los días en alta en esos meses, y no por los meses completos.

Igualmente, y para que los autónomos puedan adecuar mejor la cuota que pagan a los ingresos que obtienen, se les permitirá poder cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización, estableciéndose cuatro plazos para los cambios de cotización.

Todas las expuestas, medidas que no entrarán en vigor hasta el año 2018, al igual que otras bonificaciones y reducciones cuya aplicación también se ha diferido.

En cualquier caso, todas las bonificaciones nacen con un límite temporal que no va más allá de los cuatro años, generalmente dos, con lo que la vida no se les facilita a los trabajadores autónomos de manera duradera.

Han quedado además en el tintero una serie de medidas, concretamente en fase de estudio en el ámbito de la subcomisión del Congreso para el estudio de la reforma del Régimen, que el colectivo reclama con ahínco. Así el concepto de habitualidad a efectos de inclusión en el RETA, la cotización a tiempo parcial y la jubilación parcial.

Así las cosas, a la nueva Ley se le achaca ser mucho menos ambiciosa de lo que se hubiera deseado, no habiendo supuesto el empujón definitivo para los emprendedores, motor de la economía en los últimos años, ni cumplido con las altas expectativas en ella depositadas, no habiéndose acometido una reforma integral y estructural del Régimen.

Ángela Rodríguez Jiménez

*Imágenes diseñadas por Freepik

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