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Fases habituales en la compra de una empresa. Recomendaciones

En RZS Abogados participamos en operaciones de compraventa de empresas de diferentes sectores, con perfiles de cliente muy distintos (inversores, industriales, emprendedores, etc.), y, asesorando en ocasiones al comprador y otras al vendedor. Todo ello nos ha permitido adquirir la experiencia y capacidad para prestar un asesoramiento de alto valor al cliente.

A continuación, nos centraremos en relatar las fases más habituales en la compraventa de una empresa, y, ofrecer una serie de recomendaciones sobre cuestiones que consideramos relevantes tener en cuenta en el proceso:

  • Acuerdo de Confidencialidad: Normalmente la operación comienza con la firma de un Acuerdo de Confidencialidad (NDA), en el que el vendedor pondrá a disposición del comprador una serie de información relevante para concretar su oferta. Es habitual que en este momento el cliente actúe sin asesoramiento, a pesar de que surgen importantes cuestiones a considerar, dado que se va a trasladar información relevante y muy útil. Conviene tener presente que si se frustra la operación es muy relevante haber facilitado información y documentación con la debida protección. Por ello, es primordial asesorarse desde el inicio, firmar un acuerdo de confidencialidad que proteja a la empresa, analizar la información a facilitar en esta fase, así como el modo de hacerlo.
  • Acuerdo de Intenciones: Seguidamente, lo habitual es recibir la oferta de compra, normalmente a través de un Acuerdo de Intenciones o Termsheet, en el que se fijan las condiciones base de la operación, se suele fijar un calendario de actuación y dará paso a una Due Diligence con objeto de ampliar la información de la empresa objetivo y determinar potenciales contingencias. En ocasiones no se le da el debido valor a este documento ya que suele ser no vinculante, sin embargo, resulta muy relevante dado que impactará en la negociación que posteriormente tenga lugar, al fijar normalmente la estructura de operación y derechos y obligaciones de las partes.
  • Due Diligence: En este periodo es importante revisar la información que se facilita, dado que el resultado de la revisión determinará la cuantía de las contingencias que el comprador utilizará, bien renegociar el precio y condiciones establecidas en el Acuerdo de Intenciones, bien para solicitar garantías que cubran las contingencias detectadas, o ambas.
  • Adquisición: Tras la Due Diligence se iniciará el periodo de negociación de las condiciones finales para llevar a cabo la adquisición, siendo relevante la experiencia del asesor y su capacidad de ofrecer alternativas a las distintas situaciones que se planteen.

 

En RZS Abogados quedamos a su disposición para asesorarle en relación con las cuestiones que a este respecto se le puedan plantear y buscar la estrategia más adecuada en defensa de sus intereses. Puede ponerse en contacto con nosotros sin compromiso llamando al teléfono 915 433 123 o escribiéndonos a través del formulario web.

*Imágenes diseñadas por Freepik

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