Porque la ley 57/68, en base a la cual se puede reclamar a un banco la devolución de lo que un comprador de una vivienda sobre plano pagó al promotor, aplica a todas las operaciones firmadas hasta el 31 de diciembre de 2015.
Por tanto, a pesar de que, efectivamente, dicha ley se encuentre derogada desde el 1 de enero de 2016, la misma protege a todos los cooperativistas y compradores de vivienda sobre plano que firmaron su contrato antes de dicha fecha.
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