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3 Min. de lectura

Ryanair vuelve a ser noticia por su política de personal en la base de Girona

BAJA EL SUELDO A SUS EMPLEADOS QUE ADEMÁS RENUNCIAN A SU ANTIGÜEDAD A TRAVÉS DE “ACUERDOS INDIVIDUALES MASIVOS”

Ryanair nos tiene acostumbrados a ser noticia por tomar decisiones que están al filo de la legalidad tanto en materia de consumidores como en lo relativo a sus empleados.

Esta vez la noticia está relacionada con estos últimos, sus empleados. Según se ha sabido la compañía aérea ha conseguido transformar los contratos indefinidos de casi todos sus empleados de Girona, en total, según parece, algo más de 160.

Con esta medida de la empresa esos 160 empleados dejan de ser indefinidos y pasan a ser fijos discontinuos.

Pero esto no es todo, además de esa modificación del contrato los trabajadores sufrirán rebajas retributivas, pierden categoría y renuncian a su antigüedad laboral.

¿Cómo ha conseguido Ryanair hacer algo que, en principio, parece imposible que, de entrada, acepte un trabajador?

El día 27 de noviembre pasado convocó a todos los trabajadores de la base aérea de Girona a una reunión al día siguiente, 28 de noviembre.

En esa reunión, se informó a los trabajadores de que la base aérea de Girona que llevaba abierta desde el año 2004, sería cerrada si la totalidad o al menos la mayoría de los trabajadores (tanto los contratados directamente por al aerolínea como los contratados a través de Empresas de Trabajo Temporal) no firmaba un nuevo contrato de trabajo.

Ese nuevo contrato de trabajo parece que podría contener las siguientes nuevas medidas y condiciones laborales:

  • Renuncia a la antigüedad de los contratos en vigor. En algunos casos esa antigüedad era de hasta 15 años.

  • La modificación de los contratos indefinidos, que pasan a ser fijos discontinuos, exigiría un acuerdo de los trabajadores en virtud del cual su jornada se reduciría en un 25%, de tal manera que durante tres meses año pasaría a estar desempleados y a cobrar, en su consecuencia, prestación por desempleo. De esta forma trabajarían 9 de los 12 meses del año.

  • La modificación anterior, de hacerse efectiva, podría implicar una bajada en la retribución de los trabajadores.

UNA SEMANA PARA DECIDIR SI FIRMABAN EL CONTRATO O NO

Tras informar a los trabajadores en la reunión del 28 de noviembre, se les conminó a dar una respuesta antes del día 5 de diciembre, y según han informado algunos medios de comunicación, se les indicó que si la mayoría de ellos no firmaba esas nuevas condiciones se cerraría la base de Girona y serían todos despedidos.

También parece que se les informó de que los que no firmaran serían despedidos.

La respuesta debían darla devolviendo firmado el contrato. Según fuentes de USOC esto supone que los trabajadores han firmado “coaccionados” “bajo la amenaza de perder sus puestos de trabajo” y han tenido que tomar una decisión tan importante en tan solo una semana.

¿SON NULAS ESTAS MODIFICACIONES DE LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES DE RYANAIR?

Según resulta del apartado 5 y 1.c) del artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores:

  • No se pueden establecer condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos.

  • Tampoco se puede disponer o renunciar a derechos, antes o después de su adquisición, reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario o que sean considerados indisponibles por convenio colectivo, si bien en convenio es posible pactar cláusulas de renuncia de derechos (STSJ Asturias 22-05-2009 (R. 730/2009). (Ver sentencia nº TSJ Asturias, Sala de lo Social, nº 1582/2009, de 22/05/2009, Rec. 730/2009)

Parecería por tanto que dichas medidas podrían entrar en conflicto con los artículos citados del Estatuto de los Trabajadores.

Aunque la firma de nuevos contratos, o también la aceptación de pactos individuales, puedan ser mecanismos legales adecuados para modificar algunos elementos de la relación laboral, el hecho de que se haya hecho de forma masiva, en forma que parece más de contrato de adhesión que individual y, según las noticias que se han conocido, en claro detrimento de los derechos de los trabajadores podría viciar de nulidad las novaciones o nuevos contratos o condiciones.

Las preguntas que nos asaltan al leer las noticias relacionadas con este episodio de la base de Girona son:

  • ¿Deberían de haber sido los trabajadores incluidos en un ERE o en un ERTE

  • ¿Está afectado el Servicio Estatal de Empleo (Sepe) quien tendrá que hacer frente a las mensualidades que Ryanair no abone a los trabajadores durante los tres meses que estarán en situación de desempleo?

  • ¿Si Ryanair ha incumplido el Estatuto de los Trabajadores esas prestaciones son indebidas?

Seguiremos atentos a las noticias que haya en relación con este asunto.

La Noticia también se puede leer en Cinco Días.

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