Novedades laborales 2023
La siempre cambiante y dinámica jurisdicción social no nos ha fallado este año 2023. En el BOE de fecha 1 de marzo se publican tres normas de trascendencia que, en estas breves líneas, trataremos de exponer desde su vertiente de derecho laboral:
Así, y en primer lugar, tenemos la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Sin perjuicio de su propio espíritu, tendente a la creación de empleo, introduce cambios en el Estatuto de los Trabajadores, que pasamos a enumerar.
Cambios en el Estatuto de los Trabajadores
- Establece como inembargable el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en cualquiera de sus cuantías y ya se establezca en cómputo mensual o anula. (Art. 27.2 E.T.)
- Otorga a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social labores de control y comprobación en los despidos colectivos. (Art. 51.2 E.T.)
- Se deroga el procedimiento de oficio ante la Jurisdicción social relativos a comunicaciones de la Autoridad Laboral. (art. 19 del Real Decreto 928/1998)
Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
Continuamos con la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Como indica su preámbulo “El objetivo de la presente ley es desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (en adelante, LGTBI) erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad” Pero, además de ello, también afecta a la jurisdicción social. Así:
- la “orientación e identidad sexual”, la “expresión de género” y las “características sexuales” alcanzan identidad de causas de discriminación para los trabajadores por cuenta ajena. Además, la discriminación puede ser directa, indirecta, múltiple e interseccional, por acción y por error. (Art. 2)
- Las empresas con más de 50 trabajadores deberán implementar, en el plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la Ley un conjunto de medidas, protocolos y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva. (art. 15)
- Se establecen nuevas infracciones y sanciones el orden social. Tipificadas como infracciones leves, graves o muy graves y propias de esta materia, pudiendo llegar las multas hasta los 150.000 euros para la empresa. (Art. 79)
Por último, traemos a estas líneas Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo
En el ámbito del derecho laboral, son novedades de esta norma:
Se establecen nuevos motivos de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes. Básicamente son tres casos:
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- Mujeres trabajadoras con menstruación incapacitante secundaria. Se define en la norma como “Situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada” (Art. 2 y Disposición final tercera)
- Mujer trabajadora en gestación desde la semana 39 del embarazo. (Disposición Final Tercera)
- En el caso de interrupción voluntaria del embarazo (aborto) la mujer trabajadora estará en situación de IT mientras reciba asistencia de Servicio Público de Salud o impedida para trabajar.
Por supuesto que hay más, como el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, que obliga a las empresas que trasladen su actividad fuera de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo a devolver subvenciones o las bonificaciones recibidas en los cuatro años anteriores; o distintas resoluciones judiciales que establecen que es válido el sistema de registro horario basado en la declaración unilateral del trabajador, o la inadmisibilidad del voto telemático en las elecciones a delegados de personal y miembros del comité de empresa, pero, como he indicado al principio, esta jurisdicción dinámica y cambiante hace que la novedad de hoy sea pronto solo un recuerdo de ayer.