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Finiquito: qué incluye, cómo se calcula y plazo para pagarlo

El finiquito es el documento con el que la empresa liquida las cantidades que debe al trabajador cuando termina la relación laboral: salario de los últimos días, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de las pagas extra y, si procede, la indemnización. Se entrega en todos los casos de extinción del contrato (despido, fin de contrato temporal, baja voluntaria o jubilación) y conviene revisarlo con calma antes de firmarlo.

En este artículo explicamos qué incluye el finiquito, cómo se calcula, cuándo debe pagarse y qué hacer si no estás de acuerdo con las cantidades.

Qué es el finiquito y cuándo se entrega

El artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a acompañar la comunicación de la extinción del contrato (o el preaviso) con una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. Es decir, el trabajador tiene derecho a conocer de antemano qué se le va a pagar.

Además, el trabajador puede pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores cuando firme el finiquito. Si la empresa impide esa presencia, debe hacerse constar en el propio documento.

Conviene distinguir dos conceptos que a menudo se confunden:

  • Liquidación o saldo: las cantidades que la empresa debe por el trabajo ya realizado. Se pagan siempre, sea cual sea la causa de la extinción.
  • Indemnización: solo procede en determinados casos (despido objetivo, despido improcedente, fin de contrato temporal, ERE, etc.). A menudo se incluye en el mismo documento, pero no forma parte del finiquito en sentido estricto.

Qué incluye el finiquito

Los conceptos más habituales son:

  1. Salario de los días trabajados del último mes que no se hayan cobrado todavía, con sus complementos.
  2. Vacaciones devengadas y no disfrutadas. Es el único caso en que las vacaciones pueden compensarse en dinero.
  3. Parte proporcional de las pagas extraordinarias, salvo que estén prorrateadas en las nóminas mensuales.
  4. Otras cantidades pendientes: horas extraordinarias, comisiones, incentivos, dietas o pluses devengados y no abonados.
  5. Indemnización, cuando corresponda según la causa de la extinción.
  6. Descuento por falta de preaviso, si el trabajador se marcha sin respetar el plazo previsto en el convenio o en el contrato.

Cómo se calcula el finiquito

El cálculo depende del salario y de la fecha de baja, pero el esquema es siempre el mismo:

Salario pendiente

Se divide el salario mensual entre los días del mes (o entre 30, según el convenio) y se multiplica por los días trabajados y no cobrados.

Vacaciones no disfrutadas

Se calculan los días de vacaciones generados en el año hasta la fecha de baja (con carácter general, 30 días naturales por año trabajado, o lo que fije el convenio), se restan los ya disfrutados y se multiplican por el salario diario.

Pagas extraordinarias

Se calcula la parte de cada paga generada desde su último cobro. Por ejemplo, si la paga de verano se devenga de enero a junio y la baja es el 31 de marzo, corresponde la mitad de esa paga.

Ejemplo práctico

Un trabajador con un salario de 2.100 euros brutos al mes en 14 pagas causa baja el 15 de octubre. Ha disfrutado 15 días de vacaciones. Su finiquito incluiría, de forma aproximada:

  • 15 días de salario de octubre: unos 1.050 euros.
  • Vacaciones pendientes: le corresponden unos 24 días hasta el 15 de octubre; si ha disfrutado 15, quedan 9 días, unos 630 euros.
  • Parte proporcional de la paga de Navidad (devengo anual): unos 1.660 euros.

Sobre esas cantidades se aplican las retenciones de IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social. La indemnización por despido, en cambio, está exenta de IRPF hasta el límite legal obligatorio.

Plazo para pagar el finiquito

La ley no fija un plazo específico, pero la práctica y la mayoría de los convenios entienden que debe pagarse en el momento de la extinción o, como muy tarde, en la fecha habitual de pago de la nómina. Si la empresa se retrasa, el trabajador puede reclamar además el 10% de interés anual por mora sobre las cantidades salariales debidas (artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores).

En los despidos objetivos, la indemnización debe ponerse a disposición del trabajador al mismo tiempo que se entrega la carta de despido; si no se hace, el despido puede declararse improcedente.

Firmar el finiquito: «recibí» y «no conforme»

Firmar el finiquito no obliga a aceptar el despido ni las cantidades. Si no estás de acuerdo, puedes firmar indicando «no conforme» o «recibí, no conforme» junto a la fecha. Así acreditas que has recibido el documento y el dinero, pero dejas abierta la posibilidad de reclamar.

Los tribunales valoran el finiquito firmado sin reservas como un indicio de que la relación quedó saldada, aunque no siempre impide reclamar si hay errores evidentes o conceptos no incluidos. Por eso es mejor dejar constancia de la disconformidad desde el principio.

Cómo reclamar un finiquito incorrecto o impagado

Hay que distinguir dos plazos muy distintos:

  • Si quieres impugnar el despido: 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad y no se interrumpe.
  • Si solo reclamas cantidades (salarios, vacaciones, pagas): un año desde que pudieron exigirse (artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores).

En ambos casos el primer paso es la conciliación previa ante el servicio de mediación de la comunidad autónoma y, si no hay acuerdo, la demanda ante el Juzgado de lo Social. Si la empresa es insolvente, el FOGASA responde de los salarios e indemnizaciones dentro de los límites legales.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito

¿Hay finiquito si me voy voluntariamente?

Sí. La baja voluntaria da derecho a la liquidación (salario, vacaciones y pagas), aunque no a indemnización. Si no respetas el preaviso del convenio, la empresa puede descontar los días que falten.

¿El finiquito afecta al paro?

No. Cobrar el finiquito no impide solicitar la prestación por desempleo, aunque las vacaciones pagadas y no disfrutadas retrasan la fecha de inicio del paro por esos mismos días.

¿Puede la empresa pagar el finiquito a plazos?

Solo si el trabajador lo acepta. En caso contrario, puede reclamar la cantidad completa y los intereses por mora.

¿Qué pasa si fallezco o me jubilo?

En caso de fallecimiento, los herederos tienen derecho a cobrar el finiquito. En la jubilación, el trabajador cobra la liquidación ordinaria.

Asesoramiento laboral para empresas y trabajadores

Un finiquito mal calculado es una de las causas más frecuentes de reclamaciones laborales. En RZS asesoramos a empresas en la gestión de despidos y extinciones de contrato y a trabajadores que necesitan revisar su liquidación o reclamar un despido improcedente. También puede interesarte nuestro análisis sobre el despido por incapacidad permanente tras la doctrina del TJUE.

Si tienes dudas sobre un finiquito, contacta con nosotros y revisaremos tu caso.

*Imágenes diseñadas por Freepik

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