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¿Se ha vulnerado la legislación de Prevención de Riesgos Laborales en el accidente que sufrieron cinco militares en el año 2011?

El 24 de febrero de 2011 fallecieron cinco militares y otros tres resultaron heridos durante un ejercicio de desactivación de explosivos en la Academia de Ingenieros de Hoyo de Manzanares (Madrid).

Los militares, que se preparaban para viajar al Líbano unas semanas después, sufrieron la explosión de más de 50 kilos de munición que, según ha podido demostrarse, estaba obsoleta y debería de haberse destruido en vez de reutilizado.

Nada más producirse el suceso, el Ministerio de Defensa abrió una investigación que, sin embargo, fue archivada dos años más tarde. Desde entonces, las víctimas y los familiares de los fallecidos han tratado en numerosas ocasiones que los Tribunales reabrieran el caso y recurrido a la Audiencia Nacional.

Se reabre el caso por una posible vulneración de la legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales

Sin embargo, después de casi diez años luchando por esclarecer lo ocurrido, el teniente Candón (herido grave en el accidente) era procesado hasta en dos ocasiones por la comandante Patricia Moncada, juez titular del Juzgado Togado Militar Territorial núm. 11. Moncada, acusa a los fallecidos de mala praxis y al teniente Candón, por ser el militar de mayor rango de los presentes le atribuye la responsabilidad de supervisar la seguridad del grupo y la condición de jefe en el ejercicio de la desactivación de los explosivos.

La juez Moncada basa su acusación en que la explosión únicamente pudo ocurrir si alguna de las minas utilizadas tenía la espoleta puesta, lo que es contrario a las normas de seguridad. Mientras que, el auto que archivó el caso años atrás se basaba en los informes periciales emitidos tanto por el Gedex (Grupo de Especialistas en Desactivación de Explosivos de la Guardia Civil), como por una Comisión de Investigación constituida por el Ejército de Tierra los cuales descartaban que ninguno de los implicados en el trágico accidente hubieran incurrido en algún comportamiento negligente o imprudente.

Por otra parte, justamente el hecho de la que munición utilizada estuviera en mal estado es lo que permitió que las víctimas consiguieran reabrir el caso en 2014, debido a la posibilidad de que se hubiera vulnerado la legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

Y es que, a los militares se les facilitó un material que, según el argot militar, se conoce como de “estado 40” y está prohibido utilizar. Es por ello por lo que el material explotó, presuntamente, antes de ser detonado. Es más, según recuerda el teniente Candón y comparte con los medios de comunicación “el trípode que sujetaba las cargas tenía que estar homologado por la OTAN y era un macetero”.

La Responsabilidad Penal por negligencia en la Prevención de Riesgos

La reapertura del caso se basó en un informe que sugiere la determinación de responsabilidad penal por la posibilidad de haberse cometido negligencia en relación con la Prevención de Riesgos Laborales. En concreto, son dos los factores que ponen en entredicho la existencia de un Plan de Prevención de Riesgos: por un lado, el estado de la munición y, por otro, su cadena de custodia.

Y es que, si existiera un Plan de Prevención de Riesgos correctamente definido, la cadena de custodia de la munición estaría clara y sería mucho más sencillo determinar responsabilidades. Si, por el contrario, y como a la vista de los acontecimientos parece ocurrir, no existía un correcto Plan de Prevención no podemos determinar quién o quiénes fueron los responsables de que los militares practicaran con una munición obsoleta y peligrosa.

El estado de la munición

Lo mismo sucede con el estado de la munición. El informe del propio Ejército de Tierra que mencionábamos con anterioridad catalogaba la munición utilizada como inútil ya que los artefactos estaban caducados y eran parte de un lote de 1974. Tanto es así que la munición no sólo no debía usarse para practicar, sino que tendría que haber sido destruida. Un Plan de Prevención correctamente estructurado habría asegurado un protocolo de destrucción de materiales peligrosos y, aunque no podemos asegurar que estos jamás llegaran a facilitarse a los militares, sí que podrían determinarse responsabilidades.

En definitiva, corresponde ahora a los Tribunales determinar si se ha producido una vulneración de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales, investigar la cadena de custodia de la munición hasta llegar a los militares y hacer las investigaciones necesarias para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades.

 

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