Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
3 Min. de lectura

Precios de transferencia entre empresas del grupo familiar

Precios de transferencia entre empresas del grupo familiar: lo que debes saber en 2025

¿Tienes varias empresas en la familia y compartís facturación, servicios o préstamos entre ellas? Entonces estás ante lo que la Agencia Tributaria considera operaciones vinculadas. Y eso significa que estás sujeto a la normativa de precios de transferencia.

Cada vez más grupos familiares son objeto de inspección por no documentar adecuadamente estas operaciones. En este artículo te explicamos de forma clara y paso a paso cuándo estás obligado, qué debes presentar y cómo evitar sanciones innecesarias.

Qué son los precios de transferencia y por qué afectan a tu grupo familiar

Los precios de transferencia entre empresas son los valores asignados a las operaciones entre empresas que están vinculadas, ya sea porque comparten socios, administradores o pertenecen a un mismo grupo económico.

Ejemplos habituales en grupos familiares:

  • Una empresa presta servicios administrativos a otra del grupo.

  • Se alquilan inmuebles entre sociedades vinculadas sin contrato o sin contraprestación clara.

  • Se conceden préstamos entre empresas sin intereses ni plazos definidos.

  • Se transfieren trabajadores o recursos sin regular ni valorar el coste real.

Todas estas operaciones deben valorarse “a precio de mercado”, es decir, como si se realizaran entre empresas independientes. De lo contrario, Hacienda puede entender que se está manipulando la base imponible o trasladando beneficios de forma artificial.

¿Cuándo existe vinculación entre empresas?

Según el artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, hay vinculación cuando:

  • Una persona física o jurídica participa directa o indirectamente en al menos el 25% del capital o de los derechos de voto de otra entidad.

  • Dos o más entidades están participadas mayoritariamente por las mismas personas físicas.

  • Existen relaciones familiares (hasta segundo grado) entre personas con control efectivo de distintas entidades.

En un grupo familiar, estas condiciones se cumplen con frecuencia, por lo que es muy habitual que exista vinculación a efectos fiscales.

Obligaciones de documentación en 2025

La normativa española establece distintos niveles de documentación en función del volumen de operaciones y del tamaño del grupo:

1. Modelo 232: Declaración de operaciones vinculadas

Es obligatorio presentar el modelo 232 si:

  • El conjunto de operaciones con una misma entidad vinculada supera los 250.000 euros anuales.

  • Se realizan operaciones específicas (cesión de inmuebles, intangibles, operaciones con paraísos fiscales, etc.) con cualquier importe.

Este modelo se presenta en el mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal.

2. Documentación específica (Local File y Master File)

Aplicable si el grupo empresarial supera los 45 millones de euros de cifra de negocios. Requiere un análisis detallado del grupo, las operaciones y el método de valoración aplicado.

3. Informe país por país (Country-by-Country Report)

Solo obligatorio para grupos multinacionales cuya facturación consolidada supere los 750 millones de euros.

Riesgos de no documentar correctamente

Las consecuencias de incumplir estas obligaciones pueden ser significativas:

  • Sanciones económicas: hasta 10.000 euros por conjunto de datos omitidos o inexactos, y 1.000 euros por cada dato individual.

  • Ajustes fiscales en el Impuesto sobre Sociedades.

  • Pérdida de deducciones o incentivos fiscales.

  • Mayor exposición a inspecciones tributarias.

Cómo abordar los precios de transferencia en un grupo familiar: pasos clave

  1. Identifica las empresas vinculadas: revisa participaciones, relaciones familiares y órganos de administración.

  2. Detecta todas las operaciones realizadas entre ellas: servicios, alquileres, préstamos, compraventas…

  3. Valora las operaciones según el principio de plena competencia: utiliza métodos aceptados por la OCDE y la normativa española.

  4. Documenta adecuadamente: elabora contratos, facturas y, si corresponde, informes justificativos.

  5. Revisa si debes presentar el modelo 232 y cumple con los plazos legales.

  6. Consulta con un asesor especializado si existen dudas o estructuras más complejas.

Caso práctico: lo que no se debe hacer

Una familia con dos empresas del sector agroalimentario operaba sin contrato entre ellas: una producía y la otra comercializaba. Durante una inspección, la AEAT cuestionó los márgenes aplicados, exigió justificar los precios internos y, al no existir documentación, impuso un ajuste fiscal de más de 80.000 euros entre regularizaciones y sanciones.

Este tipo de situaciones pueden evitarse con una correcta planificación fiscal y una documentación mínima adaptada a la realidad del grupo.

#NuestraRaZóndeSer: En RZS Abogados somos especialistas en precios de transferencia entre empresas del mismo grupo familiar con Operaciones Vinculadas (Precios de Transferencia) con más de 25 años de experiencia, por ello te animamos a que nos contactes en el 915 433 123 o en el correo electrónico [email protected], así como a través de nuestro formulario de contacto donde puedes explicarnos tu caso y te contactaremos a la mayor brevedad.

#OperacionesVinculadas #PreciosDeTransferencia #RZSAbogados

*Imágenes diseñadas por Freepik

Contacta con RZS

O si prefieres te llamamos nosotros