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Acción de producto defectuoso. Importante, la regulación sobre la prescripción de la acción y su interpretación.

Acción de producto defectuoso. Importante, la regulación sobre la prescripción de la acción y su interpretación.

El pasado 17 de marzo de 2022 el Juzgado de Primera Instancia número 91 de Madrid dictó la primera condena en España por los daños que el fármaco Depakine pautado durante el embarazo, causó en los fetos -Sentencia núm. 104/2022-.

 

Prescripción de la acción

En este caso, la acción se dirigió directamente frente a la compañía aseguradora de la farmacéutica Sanofi, esto es, Allianz Global Corporate Specialty que entre los argumentos de defensa planteó la prescripción de la acción.

Así, la parte demandada alegó la extinción de responsabilidad por producto defectuoso con base al artículo 13 de la derogada Ley 22/1994 de 6 de julio, de responsabilidad civil por daños causados por productos defectuosos, y actualmente el artículo 144 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Protección de Consumidores y Usuarios.

Este texto dispone, respetando el mandato del artículo 11 de la Directiva 85/374/CEE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de Responsabilidad por los Daños Causados por Productos Defectuosos, que “los derechos reconocidos al perjudicado en esta Ley se extinguirán transcurridos diez años, a contar desde la fecha en que se hubiera puesto en circulación del producto concreto causante del daño, a menos que, durante ese periodo, se hubiese iniciado la correspondiente reclamación judicial.”

 

Dies quo

En este caso, el Juzgado entiende que, tratándose de un medicamento, el dies quo para el inicio del cómputo del plazo de prescripción lo marca el momento en el que se prescribió el Depakine a las progenitoras, pues según interpretación del magistrado, ese es el momento en el que se produjo “la puesta en circulación”.

Aunque la Sentencia estima la excepción de prescripción para la acción por producto defectuoso por el transcurso de los diez años desde la prescripción del tratamiento hasta la interposición de la demanda, lo cierto es que, desde nuestro punto de vista, la interpretación que realiza el magistrado sobre el momento de puesta en circulación resulta cuanto menos discutible.

 

Sentencia de 2 diciembre 2009

La propia doctrina que invoca la Sentencia en apoyo de este fundamento recuerda que la norma tiene como finalidad marcar unos criterios objetivos en aras de hacer respetar el principio de seguridad jurídica, en este caso del fabricante, teniendo en cuenta el régimen de responsabilidad objetiva que se les impone, de forma que puedan conocer con exactitud el alcance de sus obligaciones – Sentencia de 2 diciembre 2009. TJCE 2009\366 Caso Aventis Pasteur SA contra OB.

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*Imágenes diseñadas por Freepik

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