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Cómo proteger la información a proporcionar en el proceso de venta de mi empresa

Al vendedor de una empresa le resulta inevitable, como parte del proceso de compraventa de empresas, la puesta a disposición del posible comprador y de su equipo de asesores de determinada información confidencial y sensible relativa al negocio y a la propia empresa.

La sensibilidad de dicha información reviste una especial trascendencia para el vendedor cuando, como suele ser habitual, el comprador es además un competidor directo. Así, en no pocas ocasiones en los procesos de compraventa de empresas surgen conflictos relacionados con el simple proceso de puesta a disposición del potencial comprador, de información relativa al negocio o a la empresa objeto de venta.

De ahí la importancia de suscribir, ya de forma independiente, ya como parte de otros acuerdos (como lo es el acuerdo de intenciones o el term sheet), las correspondientes cláusulas de confidencialidad con respecto a la información proporcionada. Esos acuerdos de confidencialidad no deben ser tratados, como suele ser habitual, como un simple trámite, sino que su redacción debe ser detallada y ajustada al caso concreto para que surta los efectos deseados.

Así, en este tipo de acuerdos de confidencialidad no deben pasarle por alto cuestiones tales como:

  1. Definir de forma precisa y pormenorizada la información que es entregada al posible comprador y sus asesores.
  2. Prever las concretas personas que tendrán acceso a dicha información.
  3. Establecer las consecuencias de una posible infracción del compromiso de confidencialidad (como lo pueden ser sanciones penales por incumplimiento).
  4. Fijar mecanismos de responsabilidad objetiva asumidos por el posible comprador en caso de incumplimiento de los compromisos de confidencialidad asumidos.

El carácter confidencial de la información proporcionada en estos procesos de compraventa de empresas no sólo reviste importancia con respecto a los intereses del vendedor, sino que también debe ser observada la normativa en materia de protección de Datos de Carácter Personal. Esta cuestión es de capital importancia, por ejemplo, a la hora de proporcionar datos relativos a los trabajadores de la empresa a terceros, como lo son sus nombre y apellidos, o el DNI. No cumplir con tales exigencias puede exponer a la empresa vendedora a importantes sanciones.

En RZS Abogados quedamos a su disposición para asesorarle en relación con las cuestiones que a este respecto se le puedan plantear y buscar la estrategia más adecuada en defensa de sus intereses. Puede ponerse en contacto con nosotros sin compromiso llamando al teléfono 915 433 123 o escribiéndonos a través del formulario web.

*Imágenes diseñadas por Freepik

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