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Inese

Los intereses punitivos no existen en nuestro entorno

El 25º Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro, organizado por INESE Insurance School y el Colegio de la Abogacía de Madrid, con la colaboración de RC. Revista de Responsabilidad Civil y Seguro, repitió el viernes el aforo completo en su segunda y última jornada. El abogado y director del Boletín de RC y Seguro, que edita INESE, Santiago Martín, repitió como moderador de este Congreso que patrocinaron Bufete Albanés & Asociados, BDO, Blecua Legal, Ejo Abogados, GES40 Legal Services, JB Asesores, Jiménez Muñiz Abogados, Muñoz Arribas Abogados, Relyens, RZS Abogados y Simmons and Simmons.

En su ponencia sobre la dilación de la justicia y su conexión con el Artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro en relación con los intereses moratorios, Jerónimo Zamora, socio director de RZS Abogados, destacó que los intereses punitivos (20% a partir del segundo año transcurrido sin haber indemnizado al asegurado) “no existen en nuestro entorno”, ya que en otros países se quedan alrededor del del 4% o el 5%.

Por su parte, Mar Cuesta, fiscal de la Sección de Siniestralidad Laboral de la Fiscalía Provincial de Madrid, explicó el criterio de la Fiscalía centrado en “la defensa de los intereses de la parte más débil” y pidió a las aseguradoras, como medida general para evitar que se devenguen más intereses, “agilizar el cobro, que es lo que está intentando el perjudicado por todos los medios; cobrar y olvidarse del tema” o consignar la indemnización en el juzgado para detener ese devengo de intereses. Zamora objetó que “en el ámbito penal, consignar una cantidad económica conlleva un factor de reconocimiento de la culpa, por eso a veces no se hace”.

Paula Castroviejo, directora ejecutiva adjunta de Relyens en España, aportó la perspectiva de una aseguradora. Por su experiencia, “solo el 25% de los procedimientos se indemniza”; sin embargo, su resolución “se puede dilatar tres y cuatro años por los que se impondrán intereses que llegan a exceder el principal”. De ahí que se muestre a favor de una reforma que pretende rebajar los intereses al 8% e introducir la mediación.

 

Seis de cada 10 empresas que reciben un ciberataque tienen que cesar su actividad
Con un 38% más de ‘ciberataques’ en 2022, España ya es el tercer país más atacado del mundo, según puso de manifiesto Amaia Ayerdi, Head of Affinity Insurance en Telefónica Insurance. Ante estas cifras y la constatación de que a la par que las guerras físicas hoy existen también las digitales, Bernardo Ybarra, socio de Muñoz Arribas Abogados y coparticipante en la ponencia, se preguntó si los ciberseguros no deberían ser incluso obligatorios. “De momento no creo que vayan a ser obligatorios -respondió Ayerdi- pero veo que cada vez más empresas piden a sus proveedores que los tengan”. Para la experta “aunque la seguridad 100% no existe”, el seguro es “una herramienta fundamental y necesaria, aunque complementaria de los elementos de seguridad».

Recordó también que el “90% de los incidentes tiene un error humano como causa” y que seis de cada 10 empresas que reciben un ciberataque tienen que cesar su actividad.

 

Las acciones de recobro de las aseguradoras
Elena Armero, responsable de Siniestros de Responsabilidad Civil de HDI, fue la tercera ponente del día, acompañada de Sandra Santos, abogada socia de EJO Abogados. Bajo el formato de un diálogo, analizaron la participación de las aseguradoras en el proceso penal y la labor de intentar recuperar parte del coste de las indemnizaciones cuando “podemos entender que hay un tercero responsable”, apuntó Armero, la mayor parte de las veces en “asuntos de daños y RC de productos”. No obstante, hay límites, por ejemplo, en el caso de personas físicas o del dolo que “no es aplicable a terceros según el Tribunal Supremo”.

También explicó que “siempre” se intenta la vía extrajudicial primero y que, a pesar de lo que podría parecer, “el procedimiento judicial español hace que sea más fácil recobrar que en otros países”.

 

La no discriminación: un nuevo derecho con posible impacto en la RC
Congreso de RC y Seguro INESEPuede que haya empresas, administraciones, profesionales y hasta particulares que todavía no son conscientes de cómo puede afectar a sus actividades cotidianas el derecho que recoge la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación. El abogado, docente e investigador Gonzalo Iturmendi ofreció la cuarta y última ponencia en la que desgranó los deberes que implica ese nuevo derecho de igualdad de trato y no discriminación que “afecta a todas las actividades sociales” y que puede convertirse en un “elemento arrojadizo», como el Artículo 20 [de la Ley de Contrato del Seguro], ante la multiplicidad de motivos potencialmente discriminatorios reconocidos por el texto legal cuya fórmula final “o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” equivale a “prácticamente todo”, a juicio de Iturmendi.

Reconoció que el mayor riesgo no siempre es el de la posible indemnización, ya que un incidente de este tipo “es susceptible de salir en portada de una revista o un telediario por lo que la reputación puede quedar dañada y cuesta mucho levantarla”. Asimismo, aconsejó formar en las empresas a responsables en un nuevo tipo de compliance legal, el de la igualdad.

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