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Nuevos códigos de conducta para el sector asegurador y farmaindustria

Nuevos códigos de conducta para el sector asegurador y farmaindustria

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) como autoridad de control competente ha aprobado este curso dos importantes CÓDIGOS DE CONDUCTA reguladores del tratamiento de datos personales en el:

  1. Ámbito de los ensayos clínicos y otras investigaciones clínicas y de la farmacovigilancia.
  2. En los sistemas comunes del sector asegurador.

 

Los códigos de conducta están regulados en los artículos 40 y 41 del Reglamento 2016/679 General de Protección de Datos y artículo 38 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

Los códigos de conducta constituyen una muestra de lo que se denomina autorregulación, es decir, la capacidad de las entidades, instituciones y organizaciones para regularse a sí mismas. En materia de protección de datos, son mecanismos de cumplimiento voluntario en los que se establecen reglas específicas para categorías de responsables o encargados del tratamiento con la finalidad de contribuir a la correcta aplicación del Reglamento general de protección de datos (RGPD) y la Ley Orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDPGDD).

 

El RGPD los configura como un instrumento del cumplimiento del principio de proactividad (Accountability).

 

Podéis consultarlo en la página de la AEPD: https://www.aepd.es/es/informes-y-resoluciones/codigos-de-conducta

*Imágenes diseñadas por Freepik

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